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Registro de Servicios Móviles Prepago por Web
De acuerdo a lo dispuesto en el Decreto N° 274/14 de 1° de octubre de 2014, reglamentario del artículo 75 de la Ley N°19.149, se obliga a las personas físicas o jurídicas que contraten servicios de telefonía móvil a facilitar sus datos de identificación a efectos de registrar el servicio. Asimismo, los titulares de los servicios deberán actualizar su información en caso de que sea modificada dentro del plazo de 15 días calendario. Por esta vía podrán registrarse los clientes con servicios prepago que posean cédula de identidad uruguaya. Los clientes con otros documentos deberán dirigirse a un centro comercial de Antel.
Información de códigos de países para el Registro de Servicios Móviles Prepago por USSD
Código de países
Número de celular:
Guatemala 1075 - Torre de las Telecomunicaciones
Montevideo, Uruguay.
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